(Al señor José Rafael Arboleda)
De suerte, que si un nuevo sistema de penas y castigos, de
culpas y delitos, no se establece en la sociedad para mejorar nuestra moral
probablemente marcharemos al galope hacia la disolución universal.
Simón Bolívar
Si algo preocupa a los gobernantes de las naciones en el mundo, es
el hecho de que en ocasiones suelen ser engañados con diversos cantos de sirena
por sujetos cuya apariencia y expresión diaria ante ellos dan la impresión de
ser los grandes amigos y asesores excelsos, cuando en realidad lo que hacen es
tejer un manto invisible –como algunas arañas- mientras se preparan para el
asalto a sus presas, que en estos casos, hacemos referencia al dinero de los
países.
Al abordar este delicado tema, hacemos uso de un trabajo
efectuado por el investigador histórico-literario y promotor cultural, Roberto J. Lovera de Sola, titulado “El Libertador con
el periódico en sus manos” y de cuyo
índice registramos la sección Contra los
salteadores del Estado, con algunas opiniones y decretos que emitía el Libertador
Simón Bolívar sobre tan nefasta situación.
Escribe Lovera de Sola que “No nos debe llamar la atención el
cuidado exagerado que tuvo el Libertador
de su personalidad pública. Así lo hacía
porque conocía el viejo arraigo que en nuestros países tenía los hábitos de peculado,
los cuales son tan antiguos entre
nosotros que siempre se ha considerado
que los delitos contra el Estado son antiguos en Venezuela, siempre han estado
presentes, vienen desde los días de la conquista . Eso es lo que hoy llamamos
corrupción administrativa. Es por ello que sus actos públicos en contra de ella nos recuerdan siempre el
Bolívar terrible, el mismo del Decreto de Guerra a Muerte o del acta de
acusación al general Manuel Carlos Piar.
Nos refiere este autor que, desde el mismo momento en el que Simón
Bolívar asumió su carera pública como Jefe Supremo, desde entonces (9/11/1813)
viene su primer decreto sobre tal realidad.
Veamos lo que dictó:
Simón
Bolívar
Brigadier
de la Unión
General
en Jefe del Ejército Libertador de Venezuela
Considerando
que los ingresos de la Renta del Tabaco se disminuyen sobremanera cada día, o
que los productos no equivalen a los ingresos que la renta debe recibir, a causa
de los fraudes que se cometen, bien en ventas clandestinas que algunos
particulares hacen del tabaco, bien en la malversación criminal de algunos de
los mismos empleados del ramo; y
Considerando que este delito es otro tanto más grave, cuanto que la defensa común de la Patria y la Libertad exigen sacrificios
de toda especie de los buenos ciudadanos
, y más el de sus bienes y propiedades para cooperar al sostenimiento del
Ejército Libertador, y que por el contrario estos execrables defraudadores
hostilizan tanto al Estado, como pueden
hacerlo los enemigos, privándole del auxilio más necesario para su defensa, lo
que casi los constituye en la esfera de traidores; por lo tanto he venido en
decretar y decreto lo siguiente:
1.-Todo
aquel que fuera convencido de haber defraudado los caudales de la renta
nacional de tabaco, o vendiéndole clandestinamente fuera de estanco, o
dilapidándolo con robos y manejos ilícitos, será pasado por las armas y
embargados sus bienes para deducir los
gastos y prejuicios que origine.
2.-El
Director General de las Rentas
Nacionales, para el cumplimiento
riguroso de esta Ley, podrá
ordenar a los jueces correspondientes
abrevien, o salven, si es necesario, los trámites ordinarios para proceder, conocer y juzgar limitándose a instruir sumariamente las
causas.
3.- Sufrirán las mismas penas que impone el Artículo
primero, todos aquellos jueces o personas
a quienes por su parte toque aplicar o ejecutar
esta Ley, siempre que, conforme
al modo sumario y breve indicado en el artículo antecedente, se les pruebe
haberla mitigado a favor de los delincuentes por conveniencia, parcialidad u
otra cualquier causa.
Cúmplase
y ejecútese, comuníquese a quienes corresponda, imprímase y publíquese en la
forma acostumbrada.
Dada
en el Cuartel General de Puerto Cabello, once de septiembre de mil
ochocientos trece años, tercero de la
Independencia y Primero de la Guerra a Muerte, firmada de mi mano, sellada con
el sello de la República y refrendada
por el Secretario de Estado y Hacienda.
Simón
Bolívar
Antonio
Muñoz Tébar
Secretario
de Hacienda
En la carta dirigida a José Rafael Arboleda, sobre
un artículo de El Fósforo (no sabía Bolívar quien lo había publicado), nos dice
Roberto Lovera de Sola que el militar y guerrero expone “…un principio
básico que se debe tener en cuenta siempre que se luche contra cualquiera de los modos de la corrupción pública: la
calle es la primera que acusa. O como dice Bolívar: “es el escándalo el que
acusa, y el escándalo es la voz pública horrorizada por el crimen”.
En otra comunicación dirigida al señor Gobernador Militar y
Comandante General de esta provincia, en su calidad de Presidente de la
República, Bolívar le manifiesta:
Para
precaver las malversaciones y fraudes
que puede haber en los subalternos de la exacción del donativo, y las
extorsiones injustas a que por esta causa están expuestos los pueblos, dispondrá V.S. que los
comisionados , los cuales se elegirán
siempre hombres de bien y puros
en el manejo de intereses, observen en
esta operación inviolablemente las formalidades siguientes:
1.-
Todo comisionado, para percibir el donativo, llevará un cuaderno, en el cual asentará una partida
en que conste la cantidad de que se hace
cargo, el nombre del donante, el pueblo de su vecindad y la fecha.
2.-Esta
partida la firmará el que entrega y el comisionado. El comisionado dará al
donante un recibo de la cantidad de que se haga cargo.
3.-
Con la entrega del dinero al Señor Gobernador o al Jefe de quien dependa la
comisión se hará la del cuaderno, que será el comprobante de lo recibido con
los enterados.
4.-
Cualesquiera que advierta en los comisionados el más leve manejo sórdido que
ceda (sic) en provecho particular, puede darme parte , o al Señor Gobernador de
la Provincia para que, calificado e hecho, se apliquen las penas
correspondientes a su mala fe.
Encargado a V.S. la mayor vigilancia, el más exacto
cumplimiento en esta parte, en beneficio
de los pueblos y honor del
gobierno.
Dios
Guarde, &Cuartel General en Pamplona, octubre 21, 1819
9no.
Bolívar
Pasado
un año, el Libertador intervino de nuevo y lo hizo dirigiéndose al coronel Antonio Morales
(Charalá: febrero 26,1820) :
Tengo
entendido que un tal Miguel Dulcey, que hace de comandante aquí, tiene una conducta desordenada,
perjudicando al vecindario y por consiguiente nuestra opinión. Haga Vuestra
Señoría juzgar a este individuo en un
consejo permanente…Yo temo mucho que el señor Santos sea otro Dulcey en Vélez. Averigue…la
conducta de Santos y si no fuere la más regular hágalo juzgar por el consejo permanente.
Al final de la comunicación, escribe Lovera de Sola, que Simón
Bolívar se expresa de la siguiente
forma:
Es
preciso el último rigor con los malvados, sean godos o sean patriotas, porque
la República tanto gana en la
destrucción de un buen realista como de un mal ciudadano. El crimen en todos
los partidos es igualmente odioso y condenable: hagamos triunfar la justicia
y triunfará la libertad (Escritos, t. XVII, p.119).
Es importante que se conozca que, el Libertador Simón Bolívar siempre
estaba en persecución de cualquier tipo de tropelía de la cual tenía conocimiento
directo o por otras personas y nunca dejó de mantener una lucha contra tales
abusos, que era como seguir fortaleciendo su lucha contra las injusticias
también.
El Libertador con el
periódico en las manos
LOVERA de SOLA, Roberto
Colección Alfredo Maneiro
Serie en la historia
Fundación Editorial
El perro y la rana, 2012.
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